el paraiso perdido

Reflexiones sobre el mundo del misterio sobre sus investigadores, el uso y abuso que de el hacen, siendo sus victimas los creyentes en los fenomenos mal llamados paranormales. Tambien de vez en cuando se podra leer reflexiones mas mundanas y tangibles pues si el misterio se rodea de magia la Vida misma es mágica y todo fuera de ella esta vacio de misterio

miércoles, diciembre 31, 2008

FELIZ AÑO 2009



Este año que se avecina cargado de tambores
de guerra... de hambre... y de crisis mundial
se convierta para todos en un año lleno de PAZ
y de abundancia sobre todo para aquellos países en los cuales se ha cebado el hambre y la miseria
¡¡¡ FELIZ AÑO 2009 !!!

jueves, diciembre 25, 2008

Arboles poderosos


Pocos árboles guardan en su interior poderes mágicos tan variopintos como el aliso (alnus glutinosa), habitual de bosques húmedos y ribereños. Los brujos llamaban a su fuerza para invocar al demonio, mientras que los agricultores confiaban en él para predecir el tiempo. Lo más curioso de todo es que la mitología nórdica asegura que de él procede la mujer.

En lugares de Europa el aliso ha sido relacionado con la magia negra. Los hechiceros tomaban algunos de sus troncos y los quemaban en la hoguera, teniendo especial cuidado de recoger luego sus restos carbonizados. Con ellos, trazaban un círculo e invocaban al demonio, que según la leyenda se aparecía para escuchar sus súplicas. Sin embargo, en la mayoría de pueblos europeos, el aliso es un árbol amigo y compañero de los peregrinos, que descansaban en sus rutas bajo estos árboles y tomaban sus hojas para colocarlas en las plantas de los pies.

Referencia : http://www.heraldo.es/blogs/elbuenjardinero/?p=208

lunes, diciembre 22, 2008

FELICES DÍAS....


Feliz Navidad para tod@s aquell@s que la celebren por su significado

Feliz Navidad también para los que no creen en ella o tienen otras creencias


Que la luz de estas velas ilumine vuestras mentes para sobre llevar la crisis que se avecina...

que os haga discernir entre los hinbestigadores de pacotilla que viven por el mundo virtual y real, para que no os engañen con hinbestigaciones inventadas e infladas hasta la paranoia

Que os ilumine para que no os saquen los "cuartos" ni llenen de falsas ideas y promesas vuestros espíritus



Que los Reyes Magos o Papa Noel dejen en vuestros zapatos una buena dosis de discernimiento, otra de lógica y 200 g. de escepticismo sano, para que los embaucadores no se ceben en vosotros con sus aires de investigadores serios y cuya única pretensión es tener sus 15 minutos de gloria y el bolsillo lleno... sin trabajar


¡¡¡ FELIZ NAVIDAD!!!

lunes, diciembre 15, 2008

Teruel existe y ahora internacionalmente


TERUEL.- Un telescopio de 2,5 metros de diámetro que se ubicará en el Pico del Buitre en la sierra de Javalambre (Teruel) será el único de Europa construido específicamente para investigar la energía oscura, que constituye el 70% del Universo.

La existencia de la energía oscura es uno de los problemas científicos más importantes de todos los campos. De hecho, la prestigiosa revista 'Science' colocó recientemente el enigma de la energía oscura como el asunto número 1 entre los 125 más interesantes que tiene por resolver la ciencia actual.

La puesta en marcha de este proyecto científico de alto nivel correrá a cargo de una fundación creada por el Gobierno aragonés y que se acaba de presentar, el Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón, que será dirigido por Mariano Moles, investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) del Instituto Astrofísico de Andalucía en Granada.

El telescopio, ha explicado Moles, trazará una cartografía celeste visible desde el Hemisferio norte y cuyo campo de visión permite aumentar 36 veces el tamaño de la luna llena, un mapa que generará el Javalambre Astronomic Survey a partir "de la extraordinaria cantidad de datos" de las observaciones.

Las mediciones que se realicen ofrecerán una información diaria de 500 a 1.000 gigas que serán transmitidas por radiofrecuencia a una línea de fibra óptica para transportarlas a un centro de datos ubicado en la ciudad de Teruel con capacidad para manejar 1,5 millones de gigas de información.

La elección del Pico del Buitre, situado a algo menos de 2.000 metros sobre el nivel del mar, es la calidad del aire, por su transparencia, y la oscuridad del cielo en este punto, "uno de los de menor contaminación lumínica de Europa", ha añadido.

Además, por el número de días despejados, la transparencia del cielo y la ausencia de vapor y polvo, "es ideal para la observación", según Moles, que lo ha comparado con un pico de la isla de Hawaii a más de 4.200 metros sobre el nivel del mar. Consideró que este proyecto es "único" tanto por el diseño específico del telescopio, la técnica de observación y su campo de visión para el estudio de la energía oscura, como por las condiciones del lugar elegido.

La Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón está presidida por el consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, Javier Velasco, quien ha señalado que se cuenta con 12 millones de euros para la puesta en marcha del telescopio y centro de tratamiento de datos. Unos recursos financieros procedentes del Fondo de Inversiones de Teruel incluido en el Plan de Actuación específico para Teruel promovido por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.

Desde la fundación se llevará adelante el proyecto científico que convertirá a Teruel en "punto de referencia mundial en el estudio del cosmos".

referencia : diario el Mundo

viernes, diciembre 12, 2008

Otro misterio muy misterioso


En el misterio cualquier cosa es susceptible de ser "misteriosamente misteriosa"
y hasta el hecho mas fútil se le puede considerar el misterio del barrio
o del patio de vecinos,
el misterio esta tomando una dimensión que asusta hasta al más aguerrido y templado de los hinbestigadores de turno

Es un gran misterio que una mancha en el techo termine siendo una cara humana
he estado en el lugar donde "están todos "sorprendidos y maravillados ante tal milagro
la verdad, solo se ve una mancha en el techo que con imaginación y luz adecuada puedes ver cualquier cosa, es como ver elefantes o tortugas en las nubes, cuestión de imaginación
y en un lugar donde la humedad es tan alta ( es una piscina) puede salir cualquier cosa

Pero el misterio que mas me ha llamado la atención es sobre una planta
que después de negarse a germinar una y otra vez donde la plantaban
al morir la dueña de las antiguas semillas oh!! milagro !!!
a surgido de la tierra dando jugosos frutos y es que el misticismo
y la creencia en el más allá une en la vida y en la muerte hasta a unas plantitas
dando el mas que dudoso titulo de guindillas enviadas desde el más allá para el disfrute del más acá, como si de un regalo de ultratumba se tratara
y eso que lleva trabajo la cosa, hay que cavar... plantar... echar la tierra... regar...
y eso es mucho trabajo para ser del más allá
no será mas fácil y lógico pensar que por fin nació la dichosa planta
o que el viento por muchos muros altos, mucha distancia ha llevado las semillas
y la Naturaleza con su eterna sabiduría hizo lo que mejor sabe hacer, crear vida,

Pero no,por lo visto es mas saludable pensar que desde el otro lado
la vecina soplo con su hálito frío las semillas y se obró el milagro
de tener en el patio de la casa la planta de guindillas

domingo, diciembre 07, 2008

Aniversario inutil...


...El de los Derechos Humanos
Se han cumplido el 60 aniversario de su creación
a parte de ser sesenton poco más se puede decir ya que NINGUNO
de los derechos se han cumplido y pocos, muy pocos han secundado alguno de
los mas básicos , la conclusión que podemos tener es que la Declaración de los Derechos de todos los seres Humanos ha sido un fracaso rotundo
cada punto ha sido saltado desde el primero hasta el último :
no hay mas leer sus 30 puntos y mirar a nuestro mundo
que francamente da pena en todos los aspectos
Algunos de sus artículos están años luz de poder llevarse a cabo
y si no que se lo pregunten a todos los millones de seres humanos que no tienen
absolutamente nada que comer o beber, o a todos esos millones de niños que trabajan
como esclavos, para mal comer el y sus familias

De risa, o de pánico son los resultados, raro es el día que no hay mas de 200 victimas (que sepamos) del terrorismo, sea cual sea su origen o el lugar de los actos
millones de personas están condenadas a morir de hambre
la fraternidad del hombre de los países ricos es patética y lo peor de todo que ellos fueron quienes escribieron tales derechos

Y hablando de derechos básicos, hace poco leí en un correo que el 25% de la población mundial sobraba, para así poder salir adelante el 75% restante
yo me pregunto... quien dejara caer su dedo sobre el país que se debe arrasar hasta no dejar a solo ser vivo, bueno, pensando... pensando... es fácil ( relativamente)

El que este mas alto que otro solo deberá decir cuatro palabras :
armas de destrucción masiva , asunto resuelto y está claro que le tocara a los de siempre al fin y al cabo seguro que pertenecen a ese famoso 25% que debe morir para que los mas ricos sigan atesorando riquezas y los de a pie sigan mal viviendo

podeis leer los derechos estan bajo estas lineas y ver con vuestros propios ojos...
que solo es papel

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

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